Los cubanos residentes en el exterior pueden invertir legalmente en la isla en disímiles sectores, incluidos los no estatales, y se les aplicará los mismos beneficios que concede a la inversión extranjera la legislación vigente, entre ellos un régimen tributario especial y protección jurídica.
El anunció lo realizó Alexis Martínez Miller, subdirector de política comercial en América de Norte del Ministerio de Comercio Exterior, durante el V Foro de Inversiones.
El funcionario presentó algunos proyectos de inversión, así como las posibilidades de comercialización mayorista de insumos varios para actividades gastronómicas y alojamiento hotelero, oportunidades en centros de comercialización mayorista de equipos, piezas y accesorios de climatización y refrigeración, un centro de servicio de tecnologías de la información y una plataforma web de comercio electrónico en asociación con el Parque Tecnológico.
La cantidad a invertir en estos proyectos oscila entre los 60.000 y los 100.000 dólares.
Los cubanos residentes en el exterior también pueden presentar proyectos de inversión para ser proveedores de bienes y servicios a empresas cubanas incluidas las formas de gestión no estatal -mipymes, cooperativas y trabajadores por cuenta propia- y realizar contratos de compraventa internacional o contratos en consignación.
Debido a las acciones vigentes, las empresas extranjeras norteamericanas que deseen hacer negocios con empresas cubanas deben pedir permiso a la OFAC-Oficina de Control de Bienes Extranjeros- que son quienes regulan en origen las condiciones de las transacciones comerciales de empresas americanas en Cuba.
IMASDI, asociación económica internacional de servicios profesionales, domina todas las modalidades de inversión, oportunidades de negocios y el marco legal aplicable, y a su vez acompaña en todo el proceso de inversión para el establecimiento de sus negocios en Cuba.